Desde 2028, aspirantes a la Presidencia y gubernaturas deberán tener una sola nacionalidad

Desde 2028, aspirantes a la Presidencia y gubernaturas deberán tener una sola nacionalidad

Sheinbaum firma decreto de reforma constitucional; quienes tengan doble nacionalidad deberán renunciar a la extranjera antes de solicitar su registro como candidatura.

Ciudad de México.- A partir del proceso electoral de 2028, quienes busquen la Presidencia de México, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán contar únicamente con la nacionalidad mexicana.

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó este miércoles 7 de octubre el decreto de la reforma constitucional durante su conferencia matutina, acompañada por la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján.

La modificación establece que las personas con doble nacionalidad que pretendan competir por alguno de estos cargos deberán renunciar previamente a la nacionalidad extranjera, antes de solicitar su registro como candidatas o candidatos.

La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución, correspondientes a los requisitos para la Presidencia de la República, las gubernaturas estatales y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

No se elimina la doble nacionalidad

Uno de los puntos centrales es que la reforma no prohíbe que los mexicanos tengan doble nacionalidad. La nueva condición se aplica específicamente a quienes busquen ocupar la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno capitalina.

Además, durante el ejercicio del cargo, las nuevas disposiciones establecen que no podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad ni invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana. También se contemplan restricciones relacionadas con el uso de pasaportes o documentos de identidad extranjeros.

El decreto fue aprobado previamente por mayoría calificada en el Congreso de la Unión y recibió el respaldo de 22 congresos estatales, con lo que se completó el procedimiento constitucional para su promulgación.

El nuevo requisito no aplicará a las elecciones que se desarrollen antes de 2028. La propia reforma establece que sus disposiciones comenzarán a aplicarse a partir del proceso electoral correspondiente a ese año.

Las reglas específicas sobre cómo deberá acreditarse la renuncia a una segunda nacionalidad serán precisadas posteriormente mediante las adecuaciones legales correspondientes.


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